miércoles, 17 de febrero de 2016

ACOGIDA DE PROFESORADO EUROPEO


Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Italia, Países Bajos, Reino Unido, República de Irlanda o Suiza para el próximo curso 2016-2017. Los centros de acogida tienen como requisito elaborar un plan de actividades (en ningún caso conllevará impartición de clases) y nombrar a un profesor/a encargado de acompañar al docente acogido.
  • Este programa tiene como finalidad, para los centros educativos, reforzar el conjunto de acciones destinadas a favorecer intercambios culturales, conocer otras metodologías, así como fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras y la participación en programas educativos europeos.
  • Las socilicitudes deberán presentarse mediante la instancia accesible por internet en la sede electrónica del MEC.
  • La coordinación de esta actividad podrá obtener certificación según establece el artículo 25 de la Orden EDU/2886/2011, de 20 de octubre, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado a petición del propio interesado.
  • Una vez finalizada la estancia profesional y justificada su participación, según se recoge en el apartado 9 de esta Resolución. El coordinador podrá solicitar el certificado acreditativo correspondiente conforme al procedimiento previsto en el artículo 29 de la Orden anteriormente citada. Las estancias profesionales de esta convocatoria se reconocerán con 20 horas de formación.


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